¿Quiere saber si Usted necesita cumplir?

¿Quiere saber si a Usted le es de aplicación la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (LSSI)?

Sí Ud es un Prestador de Servicios de la Sociedad de la Información establecido en España o en otro Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, DEBE DAR CUMPLIMIENTO A LA LSSI.

¿Quiere saber si es Usted un Prestador de Servicios?

Sí es una Empresa o particular que realiza Servicios por Internet a petición del usuario, incluidos los no remunerados, los cuales le reportan un beneficio económico, Usted ES UN PRESTADOR DE SERVICIOS, y como tal, le es de aplicación la LSSI.

Servicios tales como: contratación de bienes y servicios vía electrónica (e-commerce), organización y gestión de subastas por medios electrónicos o de mercados y centros comerciales virtuales, gestión de compras en la red, comunicaciones comerciales, suministro de información vía telemática, provisión acceso a internet, transmisión de datos, copia temporal de página web, alojamiento o servicios de búsqueda.

La LSSI tiene como finalidad proteger los intereses de los destinatarios de los servicios, los cuales gozarán de las garantías suficientes a la hora de contratar un servicio o bien por internet.

Para conseguir su finalidad, la LSSI impone a los prestadores de servicios la obligación de información general de poner a disposición de cuantos visiten su negocio digital, sus datos de identificación (Art. 10 LSSI), los precios de sus servicios y la posibilidad de que puedan visualizar, imprimir y archivar las condiciones generales a las que se someta el contrato, en su caso.

Si Usted es el titular de un comercio electrónico y efectúa contrataciones con consumidores, como prestador de servicios debe, además, guiarles durante todo el proceso para contratar por internet, poner a su disposición las condiciones generales de contratación, indicarles todos los pasos a seguir y explicarles la forma de poder corregir posibles errores en la introducción de sus datos, y les mandará acuse de recibo para darles confirmación de su pedido.

Si Usted envía comunicaciones comerciales, como por ejemplo: ofertas promocionales, premios, regalos, concursos o juegos, la LSSI recoge que deben ser identificadas como tales, prohibiendo que las mismas se envíen por correo electrónico u otras vías de comunicación electrónica equivalente, si no se tiene consentimiento previo por parte del destinatario.

LOPD

¿Quiere saber si a Usted le es de aplicación la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD)?

Sí Usted es una Empresa, Empresario o Profesional que trata datos de carácter personal relacionados con las personas físicas, DEBE DAR CUMPLIMIENTO A LA LOPD, siempre que, como responsable del tratamiento de esos datos tenga su establecimiento ubicado en territorio español o aun no estando establecido en territorio español le resulte aplicable la legislación española, o, utilice, en el tratamiento de los datos, medios situados en territorio español, excepto cuando esos medios sean utilizados con fines de tránsito.

¿Quiere saber sí los datos que Usted trata son Datos de Carácter Personal?

Se considera dato de carácter personal cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables, es decir, cualquier dato que identifique o pueda identificar a una persona física, como por ejemplo: nombre, apellidos, dirección postal, número de teléfono fijo, móvil, la matrícula de un vehículo, la dirección IP a través de la que se navega por internet, el ADN, una imagen de una persona física, e incluso, la dirección de correo electrónico, en tanto y en cuanto, identifiquen o puedan identificar a una persona física.

Con lo cual, sí Usted trata cualquier dato que reúna las características anteriormente expuestas, Usted está tratando datos de carácter personal y como tal es Usted responsable del tratamiento de tales datos que está sujeto a la LOPD.

La LOPD tiene como finalidad garantizar el derecho al honor e intimidad personal y familiar en lo concerniente al tratamiento de datos personales, y debe tener en cuenta que, “la protección de los datos de carácter personal” se erige como un DERECHO FUNDAMENTAL, que garantiza a su titular un poder de control sobre sus datos personales, sobre su uso y destino, con el fin de impedir su tráfico ilícito y lesivo para du dignidad y derecho.

El derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal atribuye a su titular el poder de disposición y de control sobre sus datos personales, pudiendo decidir cuáles de esos datos proporcionará a un tercero, ya sea el Estado o un particular, o cuáles de esos datos puede este tercero recabar, permitiéndole a la vez, saber qué posee sus datos personales y para qué, pudiendo oponerse, en cualquier momento, a esa posesión o uso.

Debe tener en cuenta que, para dar cumplimiento a la LOPD tiene que cumplir con las medidas de seguridad recogidas en el Reglamento de desarrollo de la Ley.

¿Existe relación entre ambas normativas (LOPD y LSSI)?

La LSSI viene a complementar a la LOPD en lo relativo a las comunicaciones comerciales por vía electrónica, e incluye derechos para las persona jurídicas.

Asimismo, la LSSI en su Art. 22.2 , en relación a la normativa en Política de Cookies, recoge que “Los prestadores de servicios podrán utilizar dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos en equipos terminales de los destinatarios, a condición de que los mismos hayan dado su consentimiento después de que se les haya facilitado información clara y completa sobre su utilización, en particular, sobre los fines del tratamiento de los datos, con arreglo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal”.

Por cuanto, y en aras de dar fiel cumplimiento a la normativa de Cookies, habrá que estar a lo dispuesto en la LOPD, en relación a los fines del tratamiento de datos.

¿Qué consecuencias lleva aparejado el incumplimiento de la Ley?

Tanto los prestadores de servicios de la sociedad de la información como los responsables del fichero y los encargados del tratamiento de datos de carácter personal están sujetos al régimen sancionador establecido en sendas Leyes.

Las infracciones establecidas en la LOPD y LSSI, en relación con su clasificación (leves, graves y muy graves), llevan aparejadas sanciones que oscilan desde los 30.000€ hasta los 600.000€ en caso del incumplimiento de la LSSI y desde 900€ a 600.000€ en el caso delo incumplimiento de la LOPD.

¿Por qué debes cumplir con la normativa?

Lo primero de todo es tener presente que las Leyes están para cumplirlas, y que la ignorancia no exime del cumplimiento de la Ley, en virtud del principio “ignorantia iuris non excusat”.

Sí Usted es responsable de tratamientos de datos de carácter personal, dando cumplimiento a la LOPD, estará garantizando a sus clientes el compromiso que tiene para con sus derechos así como el cumplimiento con sus obligaciones legales.

Sí Usted es un prestador de servicios, al dar cumplimiento a la LSSI y a la Política de Cookies, ofrecerá las máximas garantías a sus clientes, ofreciéndoles tranquilidad, confianza y transparencia en la contratación y prestación de bienes y servicios.

Ganará credibilidad ante sus clientes y le reportará la máxima fidelización ante los mismos.